Los derechos reales son aquellos que autorizan a su titular a obtener una serie de ventajas de carácter económico sobre una cosa, así como a ejercitar un poder de dominación sobre la misma. Estos derechos son de carácter directo, excluyente y protegido frente a todos sin necesidad de que intervengan intermediarios.
Los derechos reales suponen un poder jurídico que ejerce la persona, ya sea física o jurídica sobre la sobre la cosa para un aprovechamiento total o parcial, siendo este derecho oponible a terceros.
Efectuamos todo tipo de contratos y actuaciones judiciales y extrajudiciales relativas a la regularización de las distintas figuras que se comprenden dentro de los denominados derechos reales o derechos sobre las cosas. Dentro de los mismos se encuentran:
- Derecho de la propiedad
- Derecho de posesión
- Derechos reales limitados que se subdividen en:
- De goce (uso, usufructo, habitación, servidumbre, enfiteusis, censos, foros, establecimiento a primeras cepas y superficie).
- De garantía (prenda, hipoteca y anticresis).
- De adquisición (tanteo, retracto y opción).