El bien jurídico protegido de estos delitos según la doctrina mayoritaria es el derecho de uso o explotación exclusiva de los objetos amparados por un título de propiedad industrial previamente inscrito en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Dentro del ámbito penal lo que se castiga es la intrusión en la exclusividad de que goza el titular o cesionario de los derechos amparados por un título de propiedad industrial, ya que su registro le otorga el derecho exclusivo a impedir que otros comercialicen productos iguales o con marca idéntica o tan similar que cree una confusión en el consumidor.