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DELITOS CONTRA LOS DERECHOS Y DEBERES FAMILIARES



DELITOS CONTRA LOS DERECHOS Y DEBERES FAMILIARES

Quebrantamiento de deber de custodia y la inducción de menores al abandono del domicilio, la sustracción de menores y el abandono de familia, menores e incapaces, violencia de género, maltrato…

Los delitos familiares son todas aquellas acciones u omisiones cometidas voluntaria o imprudentemente en el ámbito familiar y que están penadas por la ley. Se puede comprender que este tipo de delitos son más reprobables, dado que atentan contra la familia y el hogar que son el núcleo más íntimo de la persona y el lugar de refugio y de defensa para sus miembros, su espacio de protección. El ámbito de la vida familiar es el ámbito de la vida privada, por eso el hogar es el sitio de inmunidad por excelencia.

La Violencia de Género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, es una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión.

Por ello, su artículo 1, dice que el objeto de dicha ley es “actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”.

La Violencia de Género, aunque puede ser una especialidad, no puede confundirse con la violencia doméstica, ya que ésta última engloba todos los actos de violencia física, psíquica, sexual o económica que se producen en el ámbito familiar por parte de uno de sus miembros contra otro, contra alguno de los demás o contra todos ellos.

Nuestro Código Penal también prevé distintos delitos y mecanismos de protección dirigidos a proteger a las víctimas de violencia doméstica y neutralizarla.

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