Un juzgado de Santander otorga a un hombre la copropiedad y custodia compartida de su perro, tras romper con su pareja
NOTICIASLa resolución judicial establece las siguientes medidas para el bienestar del animal:
- Régimen de estancias: El perro será atendido por periodos alternos de quince días por cada uno de los copropietarios.
- Reparto de gastos: Ambas partes deberán sufragar al 50% los gastos extraordinarios y de mantenimiento, como vacunas o visitas al veterinario.
- Fundamento legal: El magistrado se basa en el vínculo afectivo demostrado por ambos durante la convivencia y en el reconocimiento legal de los animales como «seres sintientes» y no meros objetos.
- Copropiedad: La sentencia declara que el animal pertenece a ambos por igual, impidiendo que una de las partes pueda romper el vínculo de la otra con la mascota de manera unilateral.
- Este fallo refuerza la tendencia jurídica en España de priorizar el bienestar animal en procesos de separación, permitiendo regímenes de cuidado similares a los de otros miembros de la familia.
Copropiedad y custodia compartida de mascotas tras una ruptura de pareja
Desde Despacho de Abogados Almodóvar observamos cómo, en los últimos años, los conflictos relacionados con los animales de compañía han comenzado a ocupar un espacio relevante dentro de los procedimientos judiciales derivados de rupturas sentimentales.
Tradicionalmente, las disputas tras una separación se centraban en cuestiones patrimoniales o familiares. Sin embargo, la creciente importancia de los animales de compañía dentro del ámbito familiar ha provocado que los tribunales tengan que pronunciarse cada vez con mayor frecuencia sobre la titularidad y el régimen de convivencia con las mascotas.
Un caso reciente resuelto por los tribunales
Un ejemplo reciente lo encontramos en una resolución dictada por un juzgado de la ciudad de Santander, en la que se reconoce la copropiedad de un perro entre los miembros de una expareja, estableciendo además un régimen de custodia compartida del animal.
El conflicto surgió tras la ruptura de la pareja, cuando uno de sus miembros acudió a los tribunales solicitando que se reconociera su derecho a seguir manteniendo relación con el perro que había convivido con ambos durante la relación.
Mientras el demandante defendía que el animal había sido adquirido de manera conjunta y que ambos se habían ocupado de su cuidado, la otra parte sostenía que la mascota era de su exclusiva propiedad.
Ante la falta de acuerdo, el asunto terminó siendo resuelto judicialmente.
La valoración de la prueba
Durante el procedimiento, el juzgado analizó distintos elementos que permitían determinar la participación de cada parte en el cuidado y mantenimiento del animal.
Entre otros aspectos, se tuvieron en cuenta:
- documentación relativa al registro del perro,
- facturas veterinarias,
- y diferentes indicios que demostraban la implicación de ambos en la atención diaria del animal.
A partir de estos elementos, el tribunal concluyó que el perro debía considerarse propiedad de ambos miembros de la expareja.
El nuevo marco jurídico de los animales
Este tipo de decisiones judiciales se apoyan también en la evolución legislativa producida en España en los últimos años.
Con la aprobación de la Ley 17/2021, el ordenamiento jurídico español reconoce a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, dejando atrás su consideración tradicional como simples bienes muebles.
Esta modificación normativa obliga a los jueces a tener en cuenta no solo la titularidad formal del animal, sino también su bienestar y el vínculo existente con las personas que lo cuidan.
Copropiedad y custodia compartida del animal
Como consecuencia de lo anterior, la resolución judicial estableció un sistema de custodia compartida, mediante el cual el perro convivirá de forma alterna con cada uno de sus propietarios durante periodos determinados.
Asimismo, la sentencia regula diferentes aspectos prácticos relacionados con:
- la alternancia en la convivencia con el animal,
- la distribución de los gastos ordinarios,
- y el reparto de los gastos veterinarios entre ambas partes.
Una realidad cada vez más presente en los tribunales
Desde Despacho de Abogados Almodóvar constatamos que este tipo de situaciones son cada vez más habituales en la práctica jurídica. Los animales de compañía forman parte de la vida familiar y, en consecuencia, los conflictos relacionados con su cuidado tras una ruptura requieren soluciones jurídicas adaptadas a esta realidad.
Por ello, resulta fundamental analizar cada caso concreto, valorar la documentación disponible y, en su caso, plantear la estrategia jurídica más adecuada para proteger tanto los derechos de las personas implicadas como el bienestar del propio animal.