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«Tecnología 5G: ¿están las leyes preparadas para la Smartcity?»

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Vehículos autónomos, dispositivos inteligentes que monitorizan cada segundo de la vida de sus dueños… La legislación avanza lentamente para adaptarse a la revolución del mundo interconectado.

La ciudad del futuro es inteligente. Smartcity, se llama. Y toda gran urbe del planeta que se precie se disputa el título de ser la primera en la que los coches no necesiten conductor, el metro se autorregule en función del número de pasajeros que esperan en cada estación y esté de moda todo aquello que lleve el prefijo ciber. Y aunque suene lejano, el reto para que se produzca esta revolución social no es tecnológico, sino legal.

Los ayuntamientos ya están planificando grandes despliegues de red 5G, aquella que permitirá la completa conectividad de dispositivos. Google ya tiene un coche autónomo que conduce solo. Y para que el vehículo frene si un semáforo está en rojo es suficiente con una conexión vía bluetooth, con la que también podrá controlarse el coche desde el móvil. O desde el reloj, que también es inteligente y mide el pulso y el cansancio de su dueño.

Pero, ¿qué ocurrirá cuando haya un accidente? ¿Quién es el responsable? La lista de posibles culpables es larga: el peatón atropellado, que no llevaba un smartwatch que comunicara de su presencia al coche o al semáforo; el conductor del vehículo, que debe supervisarlo aunque éste sea autónomo; Google, por diseñar un coche que no detectó al peatón; el fabricante del semáforo, porque no se puso en rojo a tiempo o no envió la señal al coche para que éste frenara; la start up que diseñó el dispositivo bluetooth que conecta al coche con el semáforo y cuya conexión falló; la Administración, dueña del semáforo y responsable de la infraestructura; o la operadora de telefonía, que gestiona la red 5G.

«Son muchos los sectores que se verán afectados por la aplicación de esta tecnología de comunicación que implanta las bases de la denominada conectividad inteligente», asegura Rafael García del Poyo, socio y miembro del equipo de economía digital de Osborne Clarke. En su opinión, el despliegue de las redes 5G «facilitará la creación de un enorme ecosistema de dispositivos que estarán permanentemente conectados entre sí, compartiendo en tiempo real grandes cantidades de datos. Para su desarrollo, será necesario abordar los siguientes retos:

  • La propiedad de los datos originados y que se transfieren a través de la tecnología.
  • El tratamiento de categorías especialmente protegidas de datos personales, por ejemplo, en el ámbito de la salud.
  • Cuestiones relativas a la ciberseguridad en general.
  • Cambios en el régimen de responsabilidad por daños derivados del incumplimiento de los contratos de prestación de servicios.
  • La libre circulación de los datos no personales y el acceso a los mismos por parte tanto de terceros como de las autoridades competentes.
  • La protección y la seguridad de infraestructuras críticas en el ámbito de las telecomunicaciones y el transporte.

El socio de Osborne Clarke responde a la gran duda que se plantea sobre la tecnología 5G.

¿Cuáles son las implicaciones legales?

Los dispositivos que se encuentren dentro de una red 5G estarán conectados simultáneamente a una gran cantidad de antenas y sensores que podrán pertenecer a diferentes titulares, lo que generará los problemas derivados de compartir datos y su posterior explotación, ya sea como intermediarios necesarios o instrumentales, y cuya instalación física deberá contar con las necesarias autorizaciones.

Otras implicaciones surgirán con motivo del tratamiento de los datos de todas aquellas personas físicas que utilicen servicios empresariales prestados a través de redes que cuenten con esta tecnología para sus dispositivos móviles, wearables o, incluso, coches conectados.

El especial impacto que puede tener la implantación de las redes 5G para las empresas se debe a que las grandes cantidades de datos generadas pueden plantear conflictos de diversa índole:

  • Los relativos a la titularidad de determinados datos agregados, generados en la prestación de un servicio que deberá regularse contractualmente de manera precisa.
  • La protección de los derechos de propiedad intelectual que puedan llegar a alcanzar algunas bases de datos generadas como consecuencia del uso, reutilización y análisis de los datos que circulan a través de estas redes.
  • La propiedad industrial se ve afectada tanto en las patentes, modelos de utilidad y diseños industriales de los modelos de explotación de los procesos que se despliegan a través de las redes 5G, así como en que a través de esta propiedad industrial pueden generarse invenciones derivadas, como aquellas que permitan que los robots y los ordenadores optimicen la producción y el mantenimiento de establecimientos industriales.

¿Qué pasos legislativos se han dado?

No existe aún jurisprudencia relativa a estas cuestiones, pero sí hay en nuestro país un conjunto de normas que sirven para, al menos, pergeñar un marco legal para los diferentes usos que pueden darse de los datos que fluyan a través de las redes 5G:

  • La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • El real decreto sobre seguridad de las redes y sistemas de información.
  • El reglamento europeo sobre la libre circulación de datos no personales en la UE.
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